Agente de Seguros
Son agentes de seguros las personas físicas o jurídicas que, mediante la celebración de un contrato de agencia con una o varias entidades aseguradoras y la inscripción en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, se comprometen frente a éstas a realizar la actividad definida en la Ley de mediación de seguros y reaseguros privados.
Los agentes de seguros se clasifican en agentes de seguros exclusivos y en agentes de seguros vinculados. Los agentes de seguros exclusivos realizan la actividad de mediación de seguros exclusivamente para la entidad aseguradora con la que mantienen el contrato de agente, no pudiendo mediar para otra entidad aseguradora, salvo en casos excepcionales.
Los agentes de seguros vinculados realizan la actividad de mediación de seguros para varias entidades de seguros para las que trabajan.
Regulación: Ley de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.
Registros públicos: Punto único de información (PUI) de mediadores de seguros y reaseguros.
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